
CATEGORIAS
Los tiradores se agruparán en cuatro categorías para las distintas modalidades de F.O., FU., D.T. y SK.
- En la Licencia Federativa de cada tirador.
- En el Registro o Soporte informático de categorías que podrán llevar las Delegaciones Provinciales o la Federación Regional, donde se anotan los resultados obtenidos en cualquiertipo de competición que se celebre en el territorio nacional, autonómico e incluso de carácter social o local.
- Los tiradores que hayan dejado de practicar el tiro al plato y al cabo de años lo reanuden, conservarán la categoría que anteriormente tenían.
CATEGORIAS |
F.O. |
F.U. |
D.T |
S.K |
1ª CATEGORIA HOMBRES | 119 o más | 190 o más | 130 o más | 119 o más |
1ª CATEGORIA DAMAS | 70 o más | 190 o más | 98 o más | 70 o más |
2ª CATEGORIA HOMBRES | 113 a 118 | 180 a 189 | 125 a 129 | 113 a 118 |
2ª CATEGORIA DAMAS | 67 a 69 | 180 a 189 | 93 a 97 | 67 a 69 |
3ª CATEGORIA HOMBRES | 100 a 112 | 160 a 179 | 110 a 124 | 100 a 112 |
3ª CATEGORIA DAMAS | 60 a 66 | 160 a 179 | 85 a 92 | 60 a 66 |
4ª CATEGORIA HOMBRES | Menos de 100 | Menos de 160 | Menos de 110 | Menos de 100 |
4ª CATEGORIA DAMAS | Menos de 60 | Menos de 160 | Menos de 85 | Menos de 60 |
4ª CATEGORIA
Un tirador ascenderá de categoría cuando en el transcurso de un año natural alcance al menos dos veces las puntuaciones en las Competiciones Nacionales e Internacionales del Calendario de la RFEDETO.
Una vez logradas las puntuaciones, el ascenso tendrá efecto inmediato para la próxima competición, en la que el tirador deberá ser inscrito en la nueva categoría. Si por desconocimiento o desinformación sobre los últimos ascensos una Federación Territorial inscribe a un tirador en una categoría que no le corresponde, la RFEDETO, si es conocedora de esta circunstancia, modificará la categoría en que ha sido inscrito y de solicitarlo, demostrará documentalmente al tirador su nueva categoría.
Las Federaciones Territoriales tienen potestad para, conforme al cuadro de categorías de la RFEDETO y a sus propias normas sobre ascensos y descensos, ascender a un tirador de categoría por sus actuaciones deportivas en las competiciones de ámbito territorial
que ellos consideren válidas para tal circunstancia.
Una vez considerado este ascenso por parte de la Federación Territorial, ésta deberá inscribir al tirador con la nueva categoría en la siguiente Competición Nacional en la que desee participar, a través del aplicativo informático establecido al efecto por la RFEDETO.
Todo tirador que por cualquier motivo o circunstancia desee descender de categoría (1ª y 2ª) deberá solicitarlo a esta RFEDETO a través de su Federación Territorial, la cual deberá fundamentar los motivos que avalan esta petición. También se podrá descender
de categoría cuando en dos años consecutivos un tirador no haga los porcentajes de su categoría en las Competiciones Nacionales, siempre previa petición del tirador.
Contacto
Tiro al plato de lanaja
tiroalplatodelanaja@gmail.com